Colombia prohíbe productos cosméticos que para sus componentes haya realizado pruebas en animales

Vaccine test on laboratory mouse, applied by injection

Mediante la Ley Nro. 2047 de 2020 el Gobierno Nacional prohibió la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos, sus ingredientes o combinaciones de estos que sean objeto de pruebas con animales y dictó otras disposiciones.

La Ley define producto cosmético como: ¨Toda sustancia o formulación destinada a ser puesta en contacto con las partes superficiales del cuerpo humano (epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar o mejorar su aspecto, protegerlos, mantenerlos en buen estado o corregir olores corporales¨.

Además, se exceptúa el cumplimiento de la mentada Ley cuando: ¨ un ingrediente deba someterse a pruebas de seguridad, por riesgos de salud y/o al ambiente y no existan pruebas alternativas validadas por la comunidad científica internacional o los datos de seguridad generados a través de pruebas en animales para un ingrediente se hayan realizado para otro propósito diferente al cosmético¨.

La norma contiene estímulos para laboratorios e instituciones de investigación nacional que desarrollen modelos alternativos para evitar las pruebas con animales y un régimen sancionatorio con multas que van desde 133 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la ocurrencia de los hechos.

 Redacción.