Conoce las nuevas medidas especiales referentes a procesos de insolvencia mercantil
Con la finalidad de mitigar los efectos en el sector empresarial de la emergencia social, económica y ecológica, el Gobierno Nacional profirió el Decreto Legislativo Nro. 772 de 2020. Norma que contiene medidas especiales en materia de procesos de insolvencia.
El Decreto legislativo tiene vigencia hasta por dos años y es extenso en su parte motiva, pues, recoge todas las razones económicas y sociales que propiciaron la emisión de Decreto Nro. 637 de 2020 (Estado de emergencia Económica, Social y Ecológica). Por lo anterior, la norma hace un ajuste a las actuales herramientas concursales y también genera unas nuevas para atender la posible proliferación de procesos, procedimientos y trámites de insolvencia.
La norma contiene novedades como el acceso expedito a los mecanismos de reorganización y liquidación por parte del deudor afectado por las causas que motivaron la declaratoria del mentado estado de emergencia. Estos mecanismos están orientados a la preservación de la empresa, del empleo y protección del crédito. Además, el deudor podrá hacerse uso de herramientas tecnológicas dispuestas por la Superintendencia de Sociedades o la entidad competente en los trámites concursales para comerciantes que contempla la Ley 1116 de 2006 y la presente norma. Entre tanto, y respecto las medidas de protección de la empresa y el empleo, el Decreto faculta al juez de conocimiento del proceso para efectuar el levantamiento de las medidas cautelares con la expedición del auto de inicio de proceso.
Otras disposiciones interesantes en la norma son: los mecanismos de protección durante los procesos de reorganización empresarial para los compradores de inmuebles destinados a vivienda, mecanismos de recuperación de valor en los procesos de liquidación, fortalecimiento de la lista de auxiliares de la justicia para los procesos de insolvencia, aplazamiento razonable y justificado de los gastos de administración, entre otros.
También se crea un proceso de reorganización abreviado y un proceso de liquidación simplificado para pequeñas insolvencias empresariales, donde los activos sean inferiores o iguales a cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (5.000 SMMLV).
Redacción.