Conoce el protocolo para efectuar audiencias virtuales ante la Superintendencia de Sociedades en tiempos de Covid-19
Con el fin de evitar desplazamientos, aglomeraciones y buscar contener la propagación del virus Covid-19 entre funcionarios, contratistas o usuarios, la Superintendencia de Sociedades emitió la Resolución Nro. 100-005027 del 2020.
La Resolución adoptó el protocolo para adelantar audiencias o actuaciones virtuales de la Supersociedades, siendo coherente con las medidas de prevención adoptadas en los decretos números 491, 806 de 2020 y la Resolución Nro. 100-004456 de 2020, en esta última se establecieron medidas para implementar el uso de tecnologías de la información y comunicaciones en las actuaciones judiciales y administrativas.
El anexo de la norma contempla que las audiencias deberán ser citadas por el juez o funcionario competente mediante el respectivo acto administrativo, además, establece los requerimientos técnicos necesarios; cómo hacer el acceso virtual a la diligencia; cómo es el desarrollo de la diligencia a través de medios virtuales; cuáles son las salas y recursos disponibles para la debida participación virtual; cómo efectuar la consulta de los expedientes jurisdiccionales y los que conforman las actuaciones administrativas ;cómo iniciar trámites, PQRS, acceso y verificación de la información y establece para los interesados unos medios y direcciones electrónicas para acceder a la información de manera remota.
Redacción.