Conoce las condiciones establecidas por el Gobierno Nacional para otorgar los subsidios de nómina a las empresas y otros
Motivado por la emergencia sanitaria y la delicada crisis económica generada por la pandemia del Covid-19 en el país, el Gobierno Nacional emitió el Decreto Legislativo 639 de 2020 y creó el Programa de Apoyo al Empleo Formal- PAEF.
Mediante esta norma el Gobierno Nacional definió dentro del PAEF las condiciones requeridas y reglamentó el subsidio de nómina de las empresas para los meses de mayo, junio y julio de 2020. Dicho monto equivalente al 40% del salario mínimo legal mensual vigente de los trabajadores de las empresas que tuvieron una disminución como mínimo del 20% en su facturación, lo anterior conforme a la variación de facturación comparativa presentada en el mes de abril de 2020 frente al mes de abril de 2019 (Conforme al numeral 3 art. 2 del Decreto).
Para acceder a este aporte estatal desde el día 18 de mayo y conforme al art. 4 del Decreto, las empresas afectadas deberán entregar a la entidad financiera donde tengan un producto de depósito: Certificado de existencia y representación legal, la solicitud del subsidio (Formulario que será expedido por el Gobierno el 18 de mayo de 2020) suscrita por el representante legal de la empresa, la planilla integrada de pago a la seguridad social (PILA) de los trabajadores y el soporte del contador o revisor fiscal en caso que la sociedad lo requiera.
Es importante para poder acogerse al beneficio que las empresas afectadas hayan sido constituidas antes del día 10 de enero de 2020 y hayan efectuado renovación de su registro mercantil por lo menos en el año 2019.
Todos los actores que participen del Programa como instituciones financieras y la UGPP deberán disponer de canales virtuales para el cumplimiento de requisitos y procesos que hagan efectivas las disposiciones del Decreto.
Entre tanto, el Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla anunció una próxima modificación al Decreto para extender el subsidio a personas naturales con las siguientes características: empleadores o empresas registrados como persona natural, con tres trabajadores y cuyos ingresos se redujeron un 20%. El subsidio a la nómina por trabajador será por un valor de trescientos cincuenta mil pesos, previo diligenciamiento por parte del empleador del formulario de subsidio e informe del respectivo contador certificado.