Conoce los días de exención del Impuesto a las Ventas (IVA) en el año 2020
Ante la crisis económica generada por la pandemia del virus Covid-19 y con objeto de promover una serie de medidas para la reactivación económica en el país, el Gobierno Nacional emitió el Decreto Legislativo Nro. 682 de 2020.
La norma contiene la exención al impuesto a las ventas (IVA) para compras de bienes corporales muebles (art. 2 del Decreto) y que sean efectuadas los días 19 de junio, 3 de julio y 19 de julio del presente año.
Los bienes objeto de la exención se encuentran listados en el art. 3 del Decreto: Complementos de vestuario como morrales, maletines, bolsos; electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones, elementos deportivos, juguetes y juegos, vestuario, útiles escolares y bienes e insumos para el sector agropecuario.
Entre tanto, podrá efectuarse el pago de estos bienes mediante tarjetas de crédito, débito y demás mecanismos de pago electrónico y presenciales donde intervenga una entidad vigilada por la Super Financiera. Además, se limita la compra hasta tres unidades del mismo bien cubierto y vendido por el mismo oferente, entre otras disposiciones.
Redacción.