Medidas transitorias especiales adoptadas por el Gobierno Nacional en materia de procesos de insolvencia empresarial

Siendo congruente con la declaratoria de estado de emergencia sanitaria y las medidas de aislamiento establecidas, el Gobierno Nacional promulgó el decreto 579 de 2020, mediante el cual adopta disposiciones transitorias para proteger a las personas que se encuentren ocupando inmuebles en calidad de arrendatarios.

Algunas de las disposiciones contenidas en el Decreto con vigencia desde su expedición y hasta el próximo treinta (30) de junio de 2020 son: suspensión de acciones ( orden o ejecución) de desalojo de arrendatarios por parte de autoridad judicial o administrativa, independiente del tipo de plazo contractual suscrito por la partes contractuales;  el aplazamiento del reajuste anual de los cánones de arrendamiento que tuvieran que hacerse efectivos por disposiciones contractuales de las partes durante la vigencia del mentado Decreto; estipulaciones especiales acerca del pago de los cánones de arrendamiento como la prohibición de incluir en dichos acuerdos intereses de mora, penalidades, sanciones o indemnizaciones provenientes de la ley o de las partes; prórroga de contratos cuyo vencimiento de contrato de arrendamiento o entrega del bien inmueble se haya pactado con una fecha estipulada dentro de la vigencia del Decreto.

Otro de los puntos relevantes en estas disposiciones es que se hace extensible a contratos de arrendamiento regulados por el código civil y comercial, incluso contratos de arrendamiento donde el arrendatario sea una persona sin ánimo de lucro inscrita en el registro del Ministerio del Interior.