El Gobierno Nacional adoptó las medidas para permitir la circulación de la factura electrónica como título valor
El Gobierno Nacional a través del Decreto Nro. 1154 de 2020 adoptó las medidas para permitir la circulación de la factura electrónica como título valor, garantizando los principios de propios de los títulos valores: literalidad, incorporación, legitimación, autonomía, confidencialidad, integralidad, disponibilidad y seguridad en la gestión de información.
Mediante el presente Decreto el gobierno Nacional sustituyó el Capítulo 53 del Título 2 de la Parte 2 del Decreto Nro. 1074 de 2015 y derogó el Decreto Nro. 1349 de 2016, además, estipuló que el ámbito de aplicación será respecto de las facturas electrónicas de venta como título valor que sean registradas en el RADIAN (Plataforma de facturación de la DIAN) y que tengan finalidad de circulación, y también, todos los sujetos relacionados con tales gestiones.
La norma contempla dos formas de aceptación de la factura; una expresa y otra tácita, además, define como usuarios autorizados del RADIAN a los sujetos determinados por la DIAN, sujetos autorizados a participar e interactuar en el RADIAN en el rol de consulta y registro, proveedores tecnológicos, sistemas de negociación electrónica y autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales competentes, y demás disposiciones en referencia a la circulación , el registro y pago de los mentados títulos.
Redacción.