El Gobierno Nacional reglamentó el piso de protección para trabajadores que perciban ingresos menores al salario mínimo legal mensual vigente
Por motivo de la emergencia sanitaria que vive el país, el Gobierno Nacional mediante el Decreto Nro. 1174 de 2020 reglamentó el acceso y operación de piso de protección social para los trabajadores que perciban ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente.
Mediante el art. 193 de la Ley 1955 de 2019 se estableció el piso de protección social para las personas con contrato laboral o de prestación de servicios quienes perciban un ingreso mensual inferior a un salario mínimo legal mensual vigente y requieran un apoyo a largo plazo mediante el mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos del Servicio Social-BEPS. Es así como el piso de protección se compone de: El Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos BEPS-mecanismo de protección para la vejez y el seguro inclusivo para trabajadores ante los riesgos surgidos de la actividad laboral y enfermedades cubiertas por los BEPS.
El aporte será efectuado por el empleador o contratante durante el periodo mensual de labor, el valor será del 15% del valor de ingreso mensual obtenido por el trabajador. Deberá ser cancelado por medio de los canales que la administradora del mecanismo disponga para tal fin.
El beneficio aplica obligatoriamente como vinculados obligatorios a trabajadores que perciban ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente y reúnan las siguientes características: Los que tengan uno o varios vínculos laborales por tiempo parcial, quienes celebren uno o varios contratos de prestación de servicios o laborales y perciban el mentado ingreso después de descontar expensas y costos.
Además, de manera voluntaria aplica para trabajadores que no tengan una vinculación laboral o contrato de prestación de servicios, incluidos los productores del sector agropecuario que perciban ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente.
Redacción.