La Comisión de Regulación de Energía y Gas- CREG modificó algunas medidas transitorias relacionadas con el pago de las facturas del servicio de energía eléctrica

Mediante la Resolución Nro. 152 de 2020, la CREG modificó algunas medidas transitorias relacionadas con el pago de las facturas del servicio de energía eléctrica.

En cuanto al periodo de gracia para el pago de dichas facturas de servicio de usuarios residenciales de estratos 1 a 4, el comercializador del servicio deberá ofrecer un periodo de gracia para que el primer pago de cada factura diferida se realice cuatro (4) meses después de la fecha de vencimiento inicial de la factura.

También dispuso la Resolución acerca de los intereses causados durante el periodo de gracia, los cuales podrán ser incluidos por el comercializador del servicio en las cuotas a pagar por concepto de financiación de la factura y ciñéndose a las tasas en ésta definidas. 

Las medidas adoptadas en la presente Resolución son aplicables para los meses de mayo, junio y julio del año 2020.

 Redacción.