Lo que debes saber sobre la incapacidad permanente parcial por accidente de trabajo o enfermedad laboral

La incapacidad permanente parcial de origen laboral se encuentra definida en el art 5 de la Ley 776 de 2002. Según la norma es considerado incapacitado permanente parcial el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) que como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad laboral (ATEL) ha tenido una merma definitiva en la capacidad para la cual ha sido contratado o capacitado. Además, dicha disminución definitiva en la capacidad laboral del trabajador debe ser igual o superior al 5% pero inferior al 50%.

La declaración de la incapacidad permanente parcial del trabajador será efectuada por una comisión médica interdisciplinaria, según reglamentación expedida por el Gobierno Nacional, además, la prestación económica asumida por el SGRL deberá basarse en la remuneración o salario que percibía el trabajador antes del ATEL.

La indemnización será asumida por el SGRL mediante la ARL respectiva, teniendo presente para establecer el monto que éste debe corresponder al porcentaje de daño sufrido por el trabajador. La cifra indemnizatoria no puede ser inferior a dos salarios base de liquidación del trabajador ni superior a 24 veces su salario base de liquidación.

Cuando se trate de patologías de carácter progresivo como consecuencia de ATEL laboral que requieran nueva calificación y modificación del porcentaje de pérdida de capacidad laboral, la ARL deberá pagar el monto resultante de la diferencia entre el nuevo valor indemnizatorio y el antes emitido.  Debe tenerse en cuenta que el valor resultante debe actualizarse con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) desde el momento del pago inicial hasta que se efectúe el nuevo pago.

El artículo 8 de la precitada norma ordena al empleador reacomodar al trabajador con esta incapacidad en un cargo igual o compatible con las funciones que pueda desarrollar conforme a sus capacidades y aptitudes. Queda habilitado así el empleador para efectuar los movimientos de personal pertinentes para tal fin.