MinSalud adopta medidas frente a la aglomeración de personas en espacios abiertos o cerrados

Mediante Resolución Nro. 1003 de 2020, Minsalud adoptó la medida sanitaria preventiva de prohibición de eventos de carácter público o privado que impliquen la aglomeración de personas.

La norma define aglomeración como: ¨toda concurrencia de personas en espacios cerrados o abiertos en los cuales no se pueda guardar el distanciamiento físico de dos (2) o más metros, como mínimo entre persona y persona¨. La mentada disposición también considera la existencia de aglomeración cuando las condiciones locativas y de infraestructura del lugar impiden el regulado distanciamiento.

También y con motivo de dar cumplimiento a estas disposiciones, la Resolución contiene la sanción de suspensión de actividades del establecimiento habilitado que incumpla con el deber de controlar la entrada y salida de personas para evitar la aglomeración.

 Redacción.