Protocolo de bioseguridad para prevenir el contagio de coronavirus en el transporte internacional de personas por vía aérea

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución Nro. 1627 de 2020 mediante la cual estableció el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del virus Covid-19 en el transporte internacional de personas por vía aérea.

 

El protocolo de bioseguridad está contenido en el anexo técnico de la Resolución Nro. 1627 y es complementario de los ya expedidos protocolos contenidos en las resoluciones números 666 y 1517 de 2020.

           

El grupo de medidas establecidas en el Protocolo son las siguientes:

  • Medidas adicionales para los operadores de aeropuertos, acceso al aeropuerto, dentro de la terminal, a la llegara del vuelo a Colombia, limpieza y desinfección de las áreas del terminal.
  • Medidas para aerolíneas y/o explotadores de aeronave y agencia de viaje, operación antes del vuelo, operación durante el vuelo.
  • Unidad Administrativa de Migración Colombia, para garantizar los puntos de desinfección entre otras.
  • Medidas para los pasajeros, por ejemplo, ¨Presentar una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 96 horas antes del embarque, realizar el reporte a través de Coronapp y responder al rastreo y seguimiento estricto que le debe hacer su asegurador o la secretaría de salud de la jurisdicción donde permanecerá o reside. Esta medida aplica para todas las personas que lleguen al país procedente del exterior, sean connacionales o no¨.

 Redacción.