Supersolidaria emite instrucciones en materia de cartera de créditos para apoyar a los asociados afectados por la actual emergencia sanitaria

La Superintendencia de la Economía Solidaria emitió la Circular Externa Nro. 17 de 2020, mediante la cual imparte las instrucciones de apoyo en materia de crédito para los asociados afectados por la actual emergencia sanitaria.

La Circular está dirigida a: Representantes legales, miembros de los órganos de administración, miembros de los órganos de control social y revisores fiscales de las organizaciones de economía solidaria vigiladas. Además, dichas medidas deberán ser adoptadas previo análisis efectuado por dichas entidades frente al impacto del flujo de caja de los deudores (Conforme art. 1 de la Circular) y contemplando las medidas para los créditos de los asociados (Conforme art. 2 de la Circular).

Entre tanto, algunas de estas medidas en favor de los asociados deudores son: La modificación de las condiciones del crédito inicialmente pactado, sea por iniciativa del deudor o la organización solidaria que lo otorgó; otorgamiento de periodos de gracia; manejo de intereses y otros conceptos como cuotas de manejo, comisiones y seguros generados por los periodos de gracia entre otras.

La Circular adopta otras disposiciones adicionales como la prohibición de otorgar créditos para recuperar intereses causados no pagados, no utilizar estas medidas como una práctica generalizada, la constitución de una provisión del 100% sobre intereses y otros conceptos asociados al crédito, entre otras.

Hasta el día 14 de agosto del 2020, las organizaciones de economía solidaria vigiladas deberán remitir a la Superintendencia las medidas que se adoptarán y su impacto en el flujo de caja y estados financieros.

 Redacción.