El derecho al buen nombre, a la honra, a la intimidad y a la propia imagen versus la libertad de prensa e información según la jurisprudencia constitucional
Mediante la Sentencia de Tutela Nro. 339 de 2020 la Corte Constitucional negó el amparo solicitado por una persona quien consideró que el diario El País vulneró sus derechos a la honra, buen nombre, intimidad y a la propia imagen, al publicar un video sin mediar consentimiento y sin edición de un accidente de tránsito donde apareció ésta. Además, la Corte precisó al Tribunal Superior Judicial de Distrito de Cali para que en casos análogos aplique la reiterada jurisprudencia constitucional en esta materia.