Por medio de la Resolución Nro. 1288 de 2020 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo creó el Certificado Empresa Biosegura Colombia y estableció los requisitos y condiciones para obtener su uso, de manera que las empresas minimicen los riesgos de contagio del virus Covid-19 de los trabajadores, consumidores, proveedores y demás actores relacionados a su cadena de valor.
La Resolución aplica para todos los sectores de la economía que deseen certificarse y portar el sello. Además, en relación a la naturaleza del sello, el art. 4 de la norma indica: ¨El Sello es de naturaleza voluntaria e identifica ante la sociedad los productos y servicios ofrecidos por las empresas que, en sus procesos de producción o comercialización, cumplen con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, y con las condiciones establecidas en la presente resolución¨.
La norma también indica disposiciones en relación a los principios que deben existir al otorgar el derecho al uso del Sello, los cuales son: transparencia, imparcialidad y participación de todas las partes involucradas. El Sello es propiedad exclusiva de la Nación bajo la administración del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
La norma también adopta disposiciones en torno a la administración de sello, otorgamiento y condiciones de uso del Sello, el procedimiento para el otorgamiento de la certificación, uso del Sello y su control; y otras disposiciones como la promoción y difusión de Sello, costo y tratamiento de la información.
Redacción.