La libertad económica y de empresa
La libertad económica está consagrada en el art. 333 de la Constitución Política y ha sido entendida por la Corte Constitucional en diversa jurisprudencia como la capacidad de toda persona de efectuar actividades de tipo económico, con el objeto de crear, mantener o acrecentar su patrimonio. Mediante Sentencia C-228 de 2010 la Corte se pronunció acerca de la relación estatal y el mercado en función de este derecho.